Uso responsable de fármacos en bovinos leche

Bio Zoo Fármacos

Fármacos

Realizado por MVZ. Wenceslao Rodríguez Rodríguez

Correo para correspondencia: contacto@biozoo.com.mx

El médico veterinario zootecnista es la persona capacitada y autorizada para la aplicación de un fármaco veterinario.

Dentro de las explotaciones en ganaría de bovinos dedicados a la producción de leche se encuentran las tecnificadas, semitecnificadas y las de traspatio; es común que en todo tipo de explotación se administren fármacos de uso veterinario sin tomar en cuenta las indicaciones, uso, tiempo de retiro o incluso fecha de caducidad de dicho producto.

Como se sabe, el tiempo de retiro es el período que debemos esperar para obtener productos y/o subproductos de animales (carne y leche) que han sido tratados con algún producto veterinario, como lo son antibióticos, desinflamatorios, infusiones intramamarias, hormonales, vacunas y desparasitantes.

El administrar algún producto veterinario conlleva una responsabilidad de suma importancia tanto para la persona que lo está aplicando como para el productor, en este caso el productor lechero.

En la industria lechera se llevan a cabo calendarios de vacunación y desparasitación, así como tratamientos adicionales contra alguna infección con fármacos veterinarios que, de no ser respetado el tiempo de retiro, resultan ser una amenaza a la salud pública. En la sincronización de vacas para inseminación artificial se utilizan hormonas, al igual que en partos distócicos y en tratamientos contra alguna enfermedad también se utilizan fármacos, todos éstos se eliminan por la leche, es por eso la importancia de no consumir leche o subproductos lácteos que provengan de animales tratados con algún producto veterinario, sin haber esperado el tiempo correspondiente. Esta responsabilidad es directamente de la persona que comercializa la leche.

Bio Zoo Ordeña

Ordeña

Fármacos en vacas no costeables.

Cuando una vaca ya no resulta ser costeable para el establo (vacas caquéxicas, enfermas, anéstricas, longevas, con problemas de ubres o patas) es muy probable que dicho animal ya haya pasado por algún tratamiento hormonal o que haya sido atendida con algún tratamiento con fármacos veterinarios; sin excepción alguna, todas estas vacas deberán ser sometidas al tiempo de retiro que está indicado en las etiquetas de los fármacos aplicados.

Un ejemplo de lo anteriormente mencionado es el uso de la amoxicilina, el cual es un antibiótico de amplio espectro comúnmente usado en explotaciones lecheras, su tiempo de retiro es de 96 horas y su límite máximo residual es 4 mcg en leche, como lo menciona el codex alimentarius. Otro ejemplo es el uso de tiabendazol, el cual es un antihelmíntico y su límite máximo residual es de 100 mcg por kilogramo de leche, su tiempo de retiro es mayor a 2 semanas.

Existen diversas pruebas rápidas para la detección de antibióticos, por ejemplo, existen las que detectan penicilina ampicilina, amoxicilina, oxacilina, cloxacilina, dicloxacilina nafcilina, streptomycina, dhydrostreptomycina, erytromicina, tetraciclina oxitetraciclina, clortetraciclina, rifampicina, rifamicina, espiramicina, bacitracina kanamycina, neomycina y cloramfenicol. La prueba se basa en la inhibición de crecimiento del Bacillus stearothermophilus variedad calidolactis que esta inoculado en un agar y con un indicador de pH. Las pruebas tienen como soporte una placa de ELISA de 96 pruebas. El cambio de color de púrpura a amarillo se considera una muestra negativa, debido al crecimiento del microorganismo, cuando el medio no cambia de color se debe a que hay sustancias inhibitorias para el crecimiento del microorganismo.

El requisito de una receta cuantificada debería ser estricto en cada farmacia veterinaria, debido a que el uso de fármacos veterinarios recae directamente en la salud pública y lo ideal es que un médico veterinario zootecnista con cédula profesional sea quien use dicho producto y así se haga una conciencia de los efectos colaterales que puede traer el no respetar el tiempo de retiro de los productos.

Bio Zoo Bovinos

Bovinos

Uso de productos veterinarios sin consulta del médico veterinario.

Es muy común el uso empírico de fármacos solo porque al amigo o vecino ganadero le funcionó, sin tomar en cuenta el daño que puede ocasionar en los animales solo por escuchar comentarios positivos de tal producto o simplemente por no leer la etiqueta del mismo; el tener un conocimiento básico o austero de cómo funciona algún producto veterinario no resolverá el problema que se presenta en su explotación, por el contrario puede resultar perjudicial para el hato y para la salud pública; antes de aplicar cualquier medicamento veterinario le recomiendo ampliamente consultar a algún médico veterinario zootecnistas con cedula profesional.

Conclusiones.

La salud pública está en nuestras manos, tanto de médico veterinario zootecnista como de personal que usa fármacos sin conocer el producto.

En cualquier tipo de explotación, no es recomendable medicar a los animales sin antes consultar a un MVZ con cédula; así mismo el medico es responsable de los productos que se utilizan al tratar algún animal, dentro de las responsabilidades, están las reacciones adversas, dosificación, vía de administración, contraindicaciones, caducidad y tiempo de retiro del producto.

La correcta aplicación de las recetas cuantificadas nos ayudará a tener un control en las responsabilidades ya mencionadas, dejando el uso de fármacos veterinarios solo a personal capacitado y autorizado para el manejo de éstos, como lo es un médico veterinario con cédula profesional.

Referencias Bibliográficas.

Sumano H. Ocampo, L. (2006) Farmacología Veterinaria. Tercera edición. Editorial McGraw Hill. México. P. 189 y 457

Codex alimentarius (2018) límites máximos de residuos (lmr) y recomendaciones sobre la gestión de riesgos (rgr) para residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos p. 6 y 39.

J. Ruiz Cervantes y I. Hernández (2005) Farmacología para Médicos Veterinarios Zootecnistas Ed. UNAM, Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán, p. 317-231

Norma Oficial Mexicana NOM-064-ZOO-2000, Lineamientos para la clasificación y prescripción de productos farmacéuticos veterinarios por el nivel de riesgo de sus ingredientes activos.